Has cambiado de trabajo, has cobrado el paro o has estado en ERTE este año. Cuando llegue la declaración de la renta, es probable que Hacienda te cobre. No es un error: es el efecto de tener dos pagadores.
El problema de fondo
Imagina que ganas 24.000 € al año en total. Con un solo pagador, tu empresa calcula tu retención sobre el total de 24.000 € y te aplica un tipo progresivo medio de, por ejemplo, el 12%. Retención total: 2.880 €.
Ahora imagina que ganas esos 24.000 € repartidos así:
- Empresa A (enero a junio): 12.000 € — te retiene al ~8% = 960 €
- Empresa B (julio a diciembre): 12.000 € — te retiene al ~8% = 960 €
- Retención total: 1.920 €
Pero el IRPF que realmente debes pagar por 24.000 € es de ~2.880 €. Resultado: en la declaración de la renta te sale a ingresar ~960 €.
Cada empresa calcula tu retención como si solo cobraras de ella, empezando desde el primer tramo (tipos bajos). Como tienes “dos primeros tramos”, la retención total es insuficiente.
Cuándo bajas al límite reducido de 15.876 €
| Situación | Límite de obligación |
|---|---|
| Un solo pagador todo el año | 22.000 € |
| Dos o más pagadores, segundo > 1.500 € | 15.876 € |
| Dos pagadores, segundo ≤ 1.500 € | 22.000 € (límite general) |
| Pensión de jubilación (INSS) como único pagador | 22.000 € |
| Prestación por desempleo (SEPE) como único pagador | 22.000 € |
| Empresa + SEPE (ERTE o paro) y SEPE > 1.500 € | 15.876 € |
Casos prácticos frecuentes
Caso 1: Cambio de empresa a mitad de año
De enero a mayo en la empresa A (10.000 €) y de junio a diciembre en la empresa B (14.000 €). Total: 24.000 €. Segundo pagador (B) supera los 1.500 €. Estás obligado a declarar (24.000 > 15.876). Te saldrá a pagar.
Caso 2: ERTE durante la pandemia (o cualquier ERTE futuro)
Trabajaste todo el año con un salario base, pero durante 3 meses estuviste en ERTE. La empresa te pagó 13.500 € y el SEPE te pagó 3.500 €. Total: 17.000 €. Segundo pagador > 1.500 €. Obligado a declarar (17.000 > 15.876). Posible resultado a ingresar.
Caso 3: Empleo fijo + trabajo esporádico
Trabajo principal: 21.000 €. Clases particulares (con contrato): 800 €. Total: 21.800 € con dos pagadores, pero el segundo no llega a 1.500 €. Límite aplicable: 22.000 €. Como 21.800 < 22.000, no estás obligado. Pero si las clases hubieran sido 1.600 €, entonces sí estarías obligado (21.000 + 1.600 = 22.600 > 15.876).
Cómo anticiparte y no llevarte el susto
- Comunica a tu nuevo empleador que has tenido otro trabajo en el año. Rellena el modelo 145 indicando la situación y los ingresos del pagador anterior para que calcule una retención más alta.
- Solicita voluntariamente una retención superior (modelo 145, casilla “solicito que se me aplique un tipo de retención superior”).
- Haz tu propia estimación con la calculadora de IRPF para saber cuánto deberías pagar realmente y cuánto te están reteniendo.
- Ahorra la diferencia cada mes. Si calculas que te van a faltar 800 € de retención, ahorra 67 € al mes para no tener que soltarlos de golpe en junio.
Cómo regularizar si ya ha pasado
Si ya tienes la declaración y te sale a ingresar, puedes domiciliar el pago y fraccionarlo en dos plazos (60% al presentar y 40% en noviembre). Si la cantidad es importante y no puedes asumirla, solicita un aplazamiento en la sede electrónica de la AEAT.
Tener dos pagadores no es un castigo fiscal: pagas el mismo IRPF que con uno solo. Pero como te han retenido de menos, la diferencia la pones tú en la declaración. Anticiparse es la clave.